Projeto de Lei, Estabelece diretrizes para o uso de Deepfakes pós morte

Resumen
“Artículo 1º Esta Ley establece directrices para el uso de deepfakes después de la muerte” [Traducción propia del Portugués] (Artículo 1). Definen esa técnica como la manipulación digital de datos visuales o auditivos para crear contenido que simule la apariencia o la voz de una persona fallecida. La propuesta exige el consentimiento previo y expreso de la persona en vida, asegurando que la recreación respete su voluntad y su identidad original. Además, los herederos legales tienen el derecho de preservar la memoria y la imagen del fallecido, y cualquier uso económico de Deepfakes post-mortem requiere su autorización. El uso no autorizado de Deepfakes post-mortem conlleva sanciones y indemnizaciones por daños morales. La ley también establece que cualquier publicidad que utilice Deepfakes debe informar claramente al consumidor que ha sido creada con inteligencia artificial. (Projeto de Lei 3608, 2023)
- Fecha de publicación de esta ficha:
País
Ámbito Geográfico
Rama del Poder Público
Órgano Legislativo, Parlamentario o Regulador
Congresso Nacional do Brasil
Tipo de Instrumento Regulatorio
Año de Inicio del Proceso Legislativo o Regulatorio
Número de Identificación del Instrumento
PL 3608/2023, Cámara de Diputados
Estado del Instrumento
Detalle del Estado del Trámite del Instrumento
Pendiente de Asignación de Relator
Fecha de Promulgación
N/A
Fecha de Aprobación
N/A
Fecha de Archivo
N/A
Fecha de Retiro
N/A
Enlace Oficial
http://www.camara.leg.br/proposicoesWeb/fichadetramitacao?idProposicao=2374333
Otros Enlaces Informativos
https://www.congressonacional.leg.br/materias/materias-bicamerais/-/ver/pl-3608-2023
Otros Enlaces Informativos 2
https://www.camara.leg.br/proposicoesWeb/prop_mostrarintegra?codteor=2302096&filename=PL%203608/2023