Proyecto de Ley, Prohíbese el Sistema de Reconocimiento Facial que Permita Identificar a las Personas

Resumen
“Artículo 1°.- Prohíbase en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires el Sistema de Reconocimiento Facial y todo programa o mecanismo análogo que permita identificar a las personas mediante sus rasgos faciales o datos biométricos. Dentro de los 30 (treinta) días de sancionada la presente ley, el Gobierno de la Ciudad deberá eliminar y remover, según corresponda, todo software, dispositivo, información y datos personales que posea como consecuencia del referido sistema” (Artículo 1). Los fundamentos del proyecto se basan en los abusos constatados mediante una investigación judicial, que reveló el uso indebido del sistema para espionaje político y persecución a referentes de DDHH. Además, se destaca la imprecisión del sistema, generando falsos positivos y discriminación por rasgos fisonómicos. Aunque no se menciona explícitamente la inteligencia artificial, el uso de algoritmos sofisticados para el reconocimiento facial está directamente relacionado con esta tecnología. (Proyecto de Ley Exp. 1123-D, 2022)
- Fecha de publicación de esta ficha:
País
Ámbito Geográfico
Rama del Poder Público
Órgano Legislativo, Parlamentario o Regulador
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tipo de Instrumento Regulatorio
Año de Inicio del Proceso Legislativo o Regulatorio
Número de Identificación del Instrumento
Expediente 1123-D/2022, Legislatura de Buenos Aires
Estado del Instrumento
Detalle del Estado del Trámite del Instrumento
Expediente ubicado en el archivo con datos bank ingresados
Fecha de Promulgación
N/A
Fecha de Aprobación
N/A
Fecha de Archivo
02/12/2024
Fecha de Retiro
N/A
Enlace Oficial
https://parlamentaria.legislatura.gob.ar//pages/expediente.aspx?id=122947
Otros Enlaces Informativos
https://parlamentaria.legislatura.gob.ar//pages/download.aspx?IdDoc=192373